El Gobierno de la República Argentina estableció las condiciones que deberán cumplir las personas autorizadas a ingresar al país durante la pandemia de coronavirus.
En una resolución conjunta del Ministerio de Salud y la Dirección Nacional de Migraciones, publicada en el Boletín Oficial, se establecen los requisitos que deberán cumplir las personas que ingresen al país a partir del 5 de diciembre de 2020.
Las personas habilitadas a ingresar al país, que a partir de esa fecha deberán acogerse a los requisitos de ingreso, son:
- transportistas o tripulantes de cualquier nacionalidad;
- nacionales y residentes en la República Argentina, cualquiera sea su lugar de procedencia;
- turistas extranjeros de países limítrofes o residentes en ellos que viajen para realizar actividad turística en el país y que no requieran de un visado consular por su nacionalidad;
- extranjeros autorizados expresamente por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES para desarrollar una actividad laboral o comercial, para cumplir con una misión oficial diplomática, para participar de eventos deportivos o para su reunificación familiar con argentinos o residentes;
- extranjeros declarados en tránsito hacia otros países con una permanencia en el aeropuerto internacional menor a 24 horas.
Requisitos de ingreso
A partir del 5 de diciembre de 2020, todas las personas que integren alguno de los grupos mencionados antes, deberán cumplir los siguientes requisitos en su ingreso a la República Argentina:
- Completar y presentar una “Declaración jurada electrónica para el ingreso al Territorio Nacional”.
- Presentar resultado de test negativo de COVID-19 (PCR) realizado 72 horas previas al viaje internacional.
- Contar con un “seguro de viajero especial para ciudadanos extranjeros no residentes”. Este deberá contemplar la cobertura para la atención del COVID 19 en Argentina, incluida la internación y el aislamiento (en el caso de ser necesario).
- Se sugiere el uso de la App Cuidar dentro de las 48 horas del arribo. Deberán auto-reportar síntomas cada 48 horas. Esta no es una exigencia.

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Personas eximidas
El PCR no será requerido a:
- Transportistas y tripulantes internacionales y los nacionales o extranjeros en tránsito hacia otros países que permanezcan en el país menos de 24 horas.
- Personas que hayan tenido coronavirus en los 90 días previos al ingreso a la Argentina. Deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2. Además, deberán presentar alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.
- Argentinos o extranjeros residentes en el país que pretendan ingresar por un paso fronterizo terrestre y optaren por cumplir con la cuarentena. En este último caso, los datos de las personas serán comunicados a la jurisdicción de destino para la verificación del cumplimiento de los 14 días de aislamiento.